Cobertura · Andalucía

¿Puedes alquilar tu piso como vivienda turística en Ronda?

Inscritas en el registro

836

Recuento del propio ayuntamiento, octubre de 2025

Anunciadas en plataformas

615

INE, estadística experimental, mayo de 2026

Por cada 100 habitantes

2,5

Sobre 33.708 habitantes, 2025

Los dos recuentos miden cosas distintas y no deben sumarse: el registro cuenta altas administrativas y el INE estima viviendas anunciadas en plataformas en un momento dado. Cuando una norma fija un techo por población, el que cuenta es el del registro.

Restricciones por zonas

Depende de la zona exacta de tu vivienda. Ronda no tiene moratoria, pero sí la ordenanza municipal más exigente de la provincia de Málaga. La aprobó definitivamente el pleno del 31 de enero de 2025 e impone superficie mínima de 45 metros cuadrados, dos baños si pasa de 65, plaza de aparcamiento vinculada y un tope del 20 por ciento de las viviendas de cada bloque en edificios plurifamiliares. Y cierra la vía de escape habitual: los bajos transformados deben tener acceso por el portal comunitario, no independiente. Ojo, el límite es por edificio y no por zona, así que no hay un régimen distinto para el casco histórico. La inspección es real: de 72 altas nuevas tramitadas tras la ordenanza, 19 no cumplían las normas técnicas y 12 carecían de licencia de actividad. El contenido de la ordenanza lo conocemos por prensa local y no hemos podido leer el articulado en el boletín provincial.

Requisitos y trámites

Riesgo de alquilar sin licencia

El rango sancionador en Andalucía va de 2001 € - 150.000 € según la gravedad.

Preguntas frecuentes

¿Se pueden dar de alta nuevas viviendas turísticas en Ronda?

Depende de la zona exacta de tu vivienda. Ronda no tiene moratoria, pero sí la ordenanza municipal más exigente de la provincia de Málaga. La aprobó definitivamente el pleno del 31 de enero de 2025 e impone superficie mínima de 45 metros cuadrados, dos baños si pasa de 65, plaza de aparcamiento vinculada y un tope del 20 por ciento de las viviendas de cada bloque en edificios plurifamiliares. Y cierra la vía de escape habitual: los bajos transformados deben tener acceso por el portal comunitario, no independiente. Ojo, el límite es por edificio y no por zona, así que no hay un régimen distinto para el casco histórico. La inspección es real: de 72 altas nuevas tramitadas tras la ordenanza, 19 no cumplían las normas técnicas y 12 carecían de licencia de actividad. El contenido de la ordenanza lo conocemos por prensa local y no hemos podido leer el articulado en el boletín provincial.

¿Qué multa hay por alquilar sin licencia turística en Ronda?

El rango sancionador en Andalucía va de 2001 € - 150.000 € según la gravedad de la infracción.

¿Qué necesito para alquilar legalmente en Ronda?

Los principales requisitos: Superficie mínima de 45 metros cuadrados; Dos baños si la vivienda supera los 65 metros cuadrados; Plaza de aparcamiento vinculada obligatoria; Máximo del 20 por ciento de las viviendas del bloque en plurifamiliar.

Guías útiles

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Alquilar sin licencia se multa con 2001 € - 150.000 € en Ronda

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Herramientas gratuitas: cuánto te pueden multar en Ronda · comprobar el formato de tu número de registro · cuánto deja de verdad tu VUT · el bloque legal para tu anuncio · avisarme si cambia la normativa de Ronda · glosario VUT · normativa completa de Andalucía

Fuente: normativa oficial · última verificación 2026-08-17. Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Cómo verificamos: metodología.