¿Puedes alquilar tu piso como vivienda turística en Granada?
Depende de la zona exacta de tu vivienda. Tope del 10% por distrito (BOP 28-jul-2025). Cerrados por saturación: Centro, Albaicín, Ronda y Realejo-San Matías.
Requisitos y trámites
- Título urbanístico municipal previo al alta en RTA
- Declaración responsable ante la Junta
- Acuerdo comunidad de propietarios 3/5 (desde abr-2025)
- Los ayuntamientos pueden limitar o suspender nuevas VUT hasta 3 años
Zonas con régimen específico
Distritos saturados (Centro, Albaicín, Ronda, Realejo)
Afecta a: centro, albaicín, albayzín, ronda, realejo, san matías
Riesgo de alquilar sin licencia
El rango sancionador en Andalucía va de 2001 € – 150.000 € según la gravedad.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden dar de alta nuevas viviendas turísticas en Granada?
Depende de la zona exacta de tu vivienda. Tope del 10% por distrito (BOP 28-jul-2025). Cerrados por saturación: Centro, Albaicín, Ronda y Realejo-San Matías.
¿Qué multa hay por alquilar sin licencia turística en Granada?
El rango sancionador en Andalucía va de 2001 € – 150.000 € según la gravedad de la infracción.
¿Qué necesito para alquilar legalmente en Granada?
Los principales requisitos: Título urbanístico municipal previo al alta en RTA; Declaración responsable ante la Junta; Acuerdo comunidad de propietarios 3/5 (desde abr-2025); Los ayuntamientos pueden limitar o suspender nuevas VUT hasta 3 años.
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Fuente: normativa oficial · última verificación 2026-07-17. Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Cómo verificamos: metodología.