Cobertura · Comunitat Valenciana
¿Puedes alquilar tu piso como vivienda turística en Alacant?
No se admiten nuevas altas actualmente. Moratoria total de nuevas VUT (ene-2025, máx. 2 años), ampliada a bloques turísticos, pensiones y albergues (jul-2025). Futura MP-52 del PGOU: índice 0,187 plazas/habitante por distrito.
Requisitos y trámites
- Informe de compatibilidad urbanística
- Acceso independiente (futura MP-52)
- Informe de compatibilidad urbanística municipal previo
- Las inscripciones anteriores a ago-2024 caducan el 08-08-2029
- Prohibido el alquiler por habitaciones
Riesgo de alquilar sin licencia
El rango sancionador en Comunitat Valenciana va de 10.000 € – 600.000 € según la gravedad.
Preguntas frecuentes
¿Se pueden dar de alta nuevas viviendas turísticas en Alacant?
No se admiten nuevas altas actualmente. Moratoria total de nuevas VUT (ene-2025, máx. 2 años), ampliada a bloques turísticos, pensiones y albergues (jul-2025). Futura MP-52 del PGOU: índice 0,187 plazas/habitante por distrito.
¿Qué multa hay por alquilar sin licencia turística en Alacant?
El rango sancionador en Comunitat Valenciana va de 10.000 € – 600.000 € según la gravedad de la infracción.
¿Qué necesito para alquilar legalmente en Alacant?
Los principales requisitos: Informe de compatibilidad urbanística; Acceso independiente (futura MP-52); Informe de compatibilidad urbanística municipal previo; Las inscripciones anteriores a ago-2024 caducan el 08-08-2029.
Guías útiles
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Fuente: normativa oficial · última verificación 2026-07-17. Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Cómo verificamos: metodología.