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Compatibilidad urbanística y licencia municipal

Es el informe o la licencia municipal que acredita que el uso turístico de tu vivienda es compatible con el planeamiento urbanístico de la zona. Suele ser previo (y necesario) al título habilitante autonómico, y es determinante donde hay moratoria o límites por zona.

A quién aplica: Viviendas en municipios que exigen compatibilidad urbanística o uso terciario/hospedaje para la actividad turística.

Cómo se cumple, paso a paso

  1. Solicita el informe de compatibilidad urbanística en urbanismo de tu ayuntamiento, con la referencia catastral.
  2. Abona la tasa municipal si la hay.
  3. Si tu zona exige uso terciario/hospedaje, necesitarás además una licencia urbanística de cambio de uso, con proyecto técnico.

Qué riesgo corres si no lo cumples

Si el informe es desfavorable, la actividad no es legalizable en esa ubicación tal como está el planeamiento; operar igualmente es sancionable.

Preguntas frecuentes

¿En qué ciudades es determinante?

Sobre todo en centros con moratoria o límites por zona (Madrid centro, Barcelona, San Sebastián, Palma…). Consulta el estado de tu ciudad en la cobertura por ciudad.

¿Es lo mismo que la licencia de cambio de uso?

No. La compatibilidad urbanística es un informe previo; la licencia de cambio de uso es una tramitación mayor, con proyecto técnico, que se exige cuando el plan obliga a uso terciario.

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Fuente: Planeamiento urbanístico municipal. Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Cómo verificamos: metodología.