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Licencia turística en Extremadura: lo que exige la normativa en 2026
En Extremadura, el título habilitante para una vivienda de uso turístico es la declaración responsable, tramitada ante DG de Turismo (Junta de Extremadura). La inscripción no tiene caducidad general.
Título habilitante
Declaración responsable
Caducidad
Sin caducidad general
Sanciones
600 € – 60.000 €
Requisitos autonómicos
- Declaración responsable como apartamento turístico (Decreto 182/2012 y Ley 2/2011)
- Título de disponibilidad del inmueble
- Seguro de responsabilidad civil en vigor
- Tasas del modelo 050 (tramitación, visita e inspección)
- Requisitos técnicos y de clasificación del Decreto 182/2012
Ojo: a estos requisitos se suman los de tu ayuntamiento (moratorias, zonificación, informes municipales). La respuesta real depende de tu dirección exacta.
Normativa municipal en Extremadura
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para alquilar una vivienda turística en Extremadura?
El título habilitante es: declaración responsable, tramitado ante DG de Turismo (Junta de Extremadura). Requisitos principales: Declaración responsable como apartamento turístico (Decreto 182/2012 y Ley 2/2011); Título de disponibilidad del inmueble; Seguro de responsabilidad civil en vigor; Tasas del modelo 050 (tramitación, visita e inspección).
¿Qué formato tiene el número de registro en Extremadura?
El número lo asigna DG de Turismo (Junta de Extremadura) al completar el trámite y debe aparecer en todos los anuncios.
¿Qué multa hay por alquilar sin licencia en Extremadura?
El rango sancionador va de 600 € – 60.000 € según la gravedad de la infracción.
Fuente: normativa oficial · última verificación 2026-07-18. Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Consulta también nuestro glosario y la metodología de verificación.