Cobertura · Comunidad autónoma
Licencia turística en Comunidad de Madrid: lo que exige la normativa en 2026
En Comunidad de Madrid, el título habilitante para una vivienda de uso turístico es la declaración responsable, tramitada ante Dirección General de Turismo CAM. La inscripción no tiene caducidad general. El número de registro sigue el formato VT-#####.
Título habilitante
Declaración responsable
Caducidad
Sin caducidad general
Formato del registro
VT-#####
Sanciones
3000 € – 300.000 €
Requisitos autonómicos
- CIVUT: alta en el registro autonómico de viviendas turísticas (obligatoria por el Decreto 27/2026, en vigor 26-abr-2026)
- Declaración responsable del explotador
- Prohibida la VUT en vivienda protegida
- 3 años de adaptación para viviendas ya existentes
Ojo: a estos requisitos se suman los de tu ayuntamiento (moratorias, zonificación, informes municipales). La respuesta real depende de tu dirección exacta.
Normativa municipal en Comunidad de Madrid
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para alquilar una vivienda turística en Comunidad de Madrid?
El título habilitante es: declaración responsable, tramitado ante Dirección General de Turismo CAM. Requisitos principales: CIVUT: alta en el registro autonómico de viviendas turísticas (obligatoria por el Decreto 27/2026, en vigor 26-abr-2026); Declaración responsable del explotador; Prohibida la VUT en vivienda protegida; 3 años de adaptación para viviendas ya existentes.
¿Qué formato tiene el número de registro en Comunidad de Madrid?
El formato habitual es VT-#####. Es el número que debe aparecer en todos los anuncios (Airbnb, Booking…).
¿Qué multa hay por alquilar sin licencia en Comunidad de Madrid?
El rango sancionador va de 3000 € – 300.000 € según la gravedad de la infracción.
Fuente: normativa oficial · última verificación 2026-07-17. Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Consulta también nuestro glosario y la metodología de verificación.