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Licencia turística en Cantabria: lo que exige la normativa en 2026
En Cantabria, el título habilitante para una vivienda de uso turístico es la declaración responsable, tramitada ante DG de Turismo del Gobierno de Cantabria. La inscripción no tiene caducidad general.
Título habilitante
Declaración responsable
Caducidad
Sin caducidad general
Sanciones
250 € – 75.000 €
Requisitos autonómicos
- Declaración responsable con informe municipal de compatibilidad urbanística (Decreto 50/2025)
- Título jurídico de disponibilidad de la vivienda
- Certificado técnico del programa mínimo de vivienda (o cédula de habitabilidad)
- Acuerdo de la comunidad de propietarios cuando aplique
- Extintor por planta, detector de humos y monitorización de ruido
- Prohibido el uso turístico en viviendas de protección pública
Ojo: a estos requisitos se suman los de tu ayuntamiento (moratorias, zonificación, informes municipales). La respuesta real depende de tu dirección exacta.
Normativa municipal en Cantabria
Preguntas frecuentes
¿Qué necesito para alquilar una vivienda turística en Cantabria?
El título habilitante es: declaración responsable, tramitado ante DG de Turismo del Gobierno de Cantabria. Requisitos principales: Declaración responsable con informe municipal de compatibilidad urbanística (Decreto 50/2025); Título jurídico de disponibilidad de la vivienda; Certificado técnico del programa mínimo de vivienda (o cédula de habitabilidad); Acuerdo de la comunidad de propietarios cuando aplique.
¿Qué formato tiene el número de registro en Cantabria?
El número lo asigna DG de Turismo del Gobierno de Cantabria al completar el trámite y debe aparecer en todos los anuncios.
¿Qué multa hay por alquilar sin licencia en Cantabria?
El rango sancionador va de 250 € – 75.000 € según la gravedad de la infracción.
Fuente: normativa oficial · última verificación 2026-07-18. Información orientativa, no asesoramiento jurídico. Consulta también nuestro glosario y la metodología de verificación.